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Tu donativo es mucho más que dinero
Con tu apoyo estás contribuyendo a ofrecer igualdad de oportunidades a los niños y jóvenes que más lo necesitan.
Recuerda que, además, tu colaboración tiene beneficios fiscales.
Tanto personas como empresas tenemos derecho a deducir nuestros donativos en la declaración de renta o de sociedades.
En el caso de las personas físicas o jurídicas que tributen en España, estos son los beneficios fiscales:
Personas
físicas
Primeros
250€
anuales
80%
de desgravación
Primeros
>250€
anuales
40%
de desgravación
Donaciones recurrentes *
Primeros
250€
anuales
80%
de desgravación
Primeros
>250€
anuales
45%
de desgravación
Personas
jurídicas
Importe íntegro
40%
de desgravación
Donaciones recurrentes *
Importe íntegro
50%
de desgravación
* Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores (sin tener en cuenta el vigente) se hubiera realizado donativos a favor de la Fundación por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
** El límite de la deducción es del 10% de la base liquidable. Les cantidades no aplicadas por insuficiencia de cuota o por sobrepasar el límite del 10% no son trasladables a ejercicios futuros.
*** Por motivos operativos la Fundación Rafa Nadal no expedirá certificados de donación a donantes que no tributen en España si el importe de la donación es inferior a 100 euros.
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