Preguntas frecuentes
II Convocatoria Premios Fundación Rafa Nadal
A continuación, se detallan en formato de preguntas y respuestas, las principales características de los Premios en su segunda edición. El documento de referencia
serán siempre las Bases, este es solo un documento complementario.
¿Qué entidades pueden presentarse a los Premios Fundación Rafa Nadal?
Pueden concurrir a los Premios las entidades no lucrativas que cumplan estos requisitos. Se deben cumplir todos ellos, sin excepción:
- Tener sede y domicilio fiscal en España.
- Estar inscritas en el correspondiente registro español como asociación, fundación u otro tipo de entidad jurídica.
- Carecer de ánimo de lucro.
- Estar acogidas al régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (o normativa foral equivalente).
- Tener al menos 5 años de antigüedad.
- Estar al día de todas las obligaciones legales y fiscales.
El cumplimiento de estos requisitos se verificará a través de la información contenida en el formulario y de la documentación que se debe adjuntar al presentar la candidatura. Las candidaturas de entidades que no cumplan los requisitos serán automáticamente descartadas.
¿Qué es el certificado de estar acogido a la Ley 49/2002?
Este certificado indica que la entidad ha optado por acogerse al régimen fiscal establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (o normativa foral equivalente) y se obtiene en la página web de la Agencia Tributaria (u órgano
autonómico equivalente).
¿Si una asociación se ha transformado en fundación o viceversa, y la entidad que se presenta tiene menos de cuatro ejercicios completos de actividad no puede presentarse a los Premios?
En el caso de entidades que cambian su personalidad jurídica, traspasando toda su actividad a la nueva forma jurídica, se tendrá en cuenta la antigüedad de la entidad original y no solo la de la nueva entidad resultante. En el formulario, en el campo fecha de constitución, debe indicarse la fecha de constitución de la entidad original. Durante el proceso de evaluación de candidaturas se podrá solicitar a la entidad que facilite la documentación acreditativa del cambio de personalidad jurídica.
Esta circunstancia solo aplicará a entidades que transforman su personalidad jurídica traspasando toda su actividad a la nueva entidad.
¿Qué entidades no pueden presentarse a los Premios Fundación Rafa Nadal?
En las Bases se establece que no podrán presentar su candidatura las entidades, que aun cumpliendo los requisitos anteriormente indicados sean: fundaciones de empresa o grupos de empresas, asociaciones de empresa, obras sociales de las cajas de ahorros o sean organizaciones gubernamentales.
Tampoco podrán presentar su candidatura las entidades que resultaron elegidas en la I Edición de este premio.
¿Una entidad puede presentar más de un proyecto?
Cada entidad puede presentar un único proyecto, que deberá estar enmarcado en alguna de las cinco categorías previstas en las Bases.
¿Cómo se presenta una candidatura?
Para presentar una candidatura, la entidad debe:
- Completar el formulario online disponible en la web de los Premios: https://www.fundacionrafanadal.org/
- Enviar la documentación indicada en el punto 4 de las Bases. Son cinco documentos y se deben enviar todos ellos. La documentación se adjuntará directamente en el formulario online disponible en la web de los Premios:
Cada documento tiene un apartado concreto en el que adjuntarse.
Los documentos solicitados, tal y como se indica en las Bases son:
- Memoria de actividades.
- Cuentas anuales completas del último ejercicio económico cerrado. Las cuentas anuales constarán de lo establecido en el Plan Contable que le corresponda aplicar a la entidad. A título orientativo, en el caso de las
fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública se establece que las cuentas anuales comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria.
Si la entidad cuenta con auditoría externa de cuentas, se deberán enviar las cuentas anuales completas (balance, cuenta de resultados y memoria) junto con el informe del auditor.
- Presupuesto desglosado del proyecto presentado. Tabla Excel
- Acreditación de la AEAT de la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos establecido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (o de la aplicación de la normativa foral equivalente).
- Carta de motivación (máximo una página).
¿Se puede enviar más de un archivo para cada documento solicitado?
El sistema está preparado para recibir un único archivo para cada uno de los documentos solicitados.
En el caso de contar con varios archivos se recomienda fusionarlos en un único PDF usando herramientas como IlovePDF (gratuita). Por ejemplo, si la entidad tiene un archivo con el balance, otro con la cuenta de resultados y un tercero con la memoria económica del ejercicio 2022, debe fusionarlos en un único PDF al que se recomienda
nombrar como “cuentas anuales 2022”.
¿Qué documentos forman las cuentas anuales?
Los planes de contabilidad establecen cuales son los documentos que conforman las cuentas anuales. Cada entidad deberá enviar las cuentas anuales completas formadas por los documentos que especifique el plan contable que le corresponde aplicar.
La Ley de fundaciones establece en su artículo 25 que las cuentas anuales, que comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria, forman una unidad, deben ser redactadas con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la fundación.
Las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades Sin Fines Lucrativos, que son de aplicación obligatoria para todas las fundaciones de competencia estatal y asociaciones declaradas de utilidad pública, establecen que las cuentas anuales de una entidad no lucrativa comprenden el balance, la cuenta de resultados, y la memoria. Estos documentos forman una unidad.
El Plan de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Entidades sin Fines Lucrativos establece que las cuentas anuales de una pequeña y mediana entidad no lucrativa comprenden el balance, la cuenta de resultados, y la memoria. Estos documentos forman una unidad.
Si la entidad cuenta con auditoría externa de cuentas, se deberán enviar las cuentas anuales completas (balance, cuenta de resultados y memoria) junto con el informe del auditor.
Como se ha indicado antes, toda esta información debe estar agrupada en un único documento (se puede usar IlovePDF para fusionar los documentos en un único archivo PDF).
¿Cuál es la diferencia entre la memoria de actividades y la memoria económica?
La memoria de actividades es un documento que recoge la actividad completa de la entidad durante un ejercicio. Este es uno de los documentos que se debe enviar al presentar la candidatura.
La memoria económica forma parte de las cuentas anuales (ver pregunta anterior) y se debe enviar junto al resto de información que conforma las cuentas anuales. Tiene por objeto completar, ampliar y comentar la información contenida en el balance y la cuenta de resultados.
¿Se puede enviar un resumen de ingresos y gastos en vez de las cuentasanuales?
Tal y como se detalla en las Bases, el documento solicitado son las cuentas anuales completas del último ejercicio cerrado de la entidad.
Dado que toda entidad no lucrativa está obligada por la normativa correspondiente a llevar una contabilidad, la documentación solicitada son las cuentas anuales con balance, cuenta de pérdidas y ganancias y otros documentos. Por tanto, un resumen de ingresos y gastos no se admitirá como documentación.
¿Qué información debe contener el presupuesto del proyecto?
El presupuesto debe detallar las partidas de gasto previstas (en filas) y las fuentes de financiación previstas (en columnas), indicando a qué destinarán los recursos del premio en el caso de que la candidatura resulte seleccionada.
También se deben incluir las explicaciones y aclaraciones necesarias para que queden suficientemente detalladas las partidas incluidas en el presupuesto.
¿Hay un guion o modelo para la carta de motivación?
La carta de motivación tiene formato libre, solo hay un límite a su extensión: máximo una página (sin portada o contraportada).
Es un documento obligatorio que se debe adjuntar al presentar la candidatura y que será tenido en cuenta en la evaluación.
¿Hay que enviar también los certificados de estar el corriente de pago?
Al presentar la candidatura no es necesario enviar estos documentos. Pero se podrán solicitar a lo largo del proceso de evaluación. Ver pregunta siguiente.
¿Qué otros documentos se solicitarán a las entidades que se presenten?
A medida que avance el proceso de evaluación se solicitará documentación adicional a las entidades que resulten preseleccionadas. Se recomienda tener estos documentos preparados con antelación.
Los documentos que se solicitarán son:
- Estatutos vigentes. Se deben enviar los estatutos completos. En el caso de que se envié una escritura de cambio de varios artículos de los estatutos es necesario que en el documento figuren también los estatutos completos actualizados.
- Copia de certificado expedido por el registro en el que esté inscrita la entidad en el que consten los titulares de su órgano de gobierno y los datos de su inscripción en dicho registro.
- Certificados de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social. Los certificados deberán estar vigentes, y se recomienda que estén emitidos en el mismo mes en el que se envían.
¿En qué categoría se debe encuadrar una candidatura si encaja en varias?
Los proyectos que se desarrollan en otro país que no sea España deberán encuadrarse necesariamente en la categoría Cooperación al Desarrollo, sea cual sea su temática.
En el caso de proyectos en España que puedan encajar en varias categorías la entidad debe decidir cual representa mejor el enfoque, objetivos y características de la iniciativa que presenta.
¿Dónde y cómo se pueden plantear las dudas que surjan al preparar una candidatura?
Cualquier consulta se puede enviar por correo electrónico a premios@fundacionrafanadal.org
Además, se ha organizado un webinar informativo en el que se explicarán en detalle las Bases y el formulario para la presentación de candidaturas. Tendrá lugar el día 5 de octubre a las 10:00h vía Zoom.
La inscripción es gratuita y se puede solicitar en este enlace:
https://www.eventbrite.es/e/entradas-webinar-gratuito-ii-convocatoria-premios-
fundacion-rafa-nadal-679953809147